Calculadora de indemnización por accidente de moto


Cabeza y Cara
- Tetraplejia (Tras lesión en la columna perdida de movilidad de las 4 extremidades) (10-20 puntos): ± 10.845,86 a 28.985,33 euros(C5-C6) (96-98 puntos): ± 347.830,94 a 357.779,72 euros.
- Enucleación de un globo ocular (Perdida del ojo) (10-20 puntos): ± 10.845,86 a 28.985,33 euros (30 puntos): ± 53.599,06 euros.
- Acúfenos aislados (Escuchar ruidos en el oído) (10-20 puntos): ± 10.845,86 a 28.985,33 euros (1-3 puntos): ± 900,00 a 2.858,09 euros.
- Amputación lengua. Más del 50% (21-45 puntos): ± 31.166,44 a 99.540,84 euros.

Tórax, Columna, Pelvis y extremidad superior e inferior
- Limitación de la movilidad de la muñeca
- Flexión (N: 80°) (1-7 puntos): ± 900,00 a 7.225,45 euros.
- Extensión (N: 870°) (1-8 puntos): ± 900,00 a 8.414,13 euros.
- Inclinación radial (N: 25°) (1-3 puntos): ± 900,00 a 2.858,09 euros.
- Inclinación cubital (N: 45°) (1-3 puntos): ± 900,00 a 2.858,09 euros.
- Fractura costillas/esternón con neuralgias intercostales persistentes asociadas a fracturas costales múltiples. (Tras fracturas de las costillas o esternón queda un dolor persistente en la zona) (10-20 puntos): ± 10.845,86 a 28.985,33 euros (4-6 puntos): ± 3.899,19 a 6.062,92 euros.
- Limitación de la movilidad del segmento dorsal (Perdida de movilidad de la columna vertebral en su zona dorsal) (10-20 puntos): ± 10.845,86 a 28.985,33 euros (2-10 puntos): ± 1.855,53 a 10.845,86 euros.
- Pseudoartrosis inoperable de radio. Sin infección activa. (Hace referencia a una fractura del radio que no ha llegado a consolidar “soldar” y no puede ser operada y en este caso no se acompaña de infección) (10-20 puntos): ± 10.845,86 a 28.985,33 euros (6-8 puntos): ± 6.062,92 a 8.414,13 euros.
- Pseudoartrosis inoperable de radio. Con infección activa. (Hace referencia a una fractura del radio que no ha llegado a consolidar “soldar” y no puede ser operada y en este caso no se acompaña de infección) (10-20 puntos): ± 10.845,86 a 28.985,33 euros(9-12 puntos): ± 9.623,26 a 13.927,47 euros.
- Luxación radio-cubital distal inveterada (Luxación de la articulación de la muñeca que no ha podido reducirse y colocarse en su posición correcta) (10-20 puntos): ± 10.845,86 a 28.985,33 euros (1-7 puntos): ± 900,00 a 7.225,45 euros.
- Necrosis de la cabeza femoral (La cabeza del fémur presenta una muerte de sus células, necrosándose y perdiendo su forma) (10-20 puntos): ± 10.845,86 a 28.985,33 euros(20-25 puntos): ± 28.985,33 a 40.587,90 euros.
- Pseudoartrosis de astrágalo inoperable (Hace referencia a una fractura del astrágalo que no ha llegado a consolidar “soldar”) (10-20 puntos): ± 10.845,86 a 28.985,33 euros (10-15 puntos): ± 10.845,86 a 19.120, 17 euros.

Tórax, Columna, Pelvis y extremidad superior e inferior
- Limitación de la movilidad de la muñeca
- Flexión (N: 80°) (1-7 puntos): ± 900,00 a 7.225,45 euros.
- Extensión (N: 870°) (1-8 puntos): ± 900,00 a 8.414,13 euros.
- Inclinación radial (N: 25°) (1-3 puntos): ± 900,00 a 2.858,09 euros.
- Inclinación cubital (N: 45°) (1-3 puntos): ± 900,00 a 2.858,09 euros.
- Fractura costillas/esternón con neuralgias intercostales persistentes asociadas a fracturas costales múltiples. (Tras fracturas de las costillas o esternón queda un dolor persistente en la zona) (10-20 puntos): ± 10.845,86 a 28.985,33 euros (4-6 puntos): ± 3.899,19 a 6.062,92 euros.
- Limitación de la movilidad del segmento dorsal (Perdida de movilidad de la columna vertebral en su zona dorsal) (10-20 puntos): ± 10.845,86 a 28.985,33 euros (2-10 puntos): ± 1.855,53 a 10.845,86 euros.
- Pseudoartrosis inoperable de radio. Sin infección activa. (Hace referencia a una fractura del radio que no ha llegado a consolidar “soldar” y no puede ser operada y en este caso no se acompaña de infección) (10-20 puntos): ± 10.845,86 a 28.985,33 euros (6-8 puntos): ± 6.062,92 a 8.414,13 euros.
- Pseudoartrosis inoperable de radio. Con infección activa. (Hace referencia a una fractura del radio que no ha llegado a consolidar “soldar” y no puede ser operada y en este caso no se acompaña de infección) (10-20 puntos): ± 10.845,86 a 28.985,33 euros(9-12 puntos): ± 9.623,26 a 13.927,47 euros.
- Luxación radio-cubital distal inveterada (Luxación de la articulación de la muñeca que no ha podido reducirse y colocarse en su posición correcta) (10-20 puntos): ± 10.845,86 a 28.985,33 euros (1-7 puntos): ± 900,00 a 7.225,45 euros.
- Necrosis de la cabeza femoral (La cabeza del fémur presenta una muerte de sus células, necrosándose y perdiendo su forma) (10-20 puntos): ± 10.845,86 a 28.985,33 euros(20-25 puntos): ± 28.985,33 a 40.587,90 euros.
- Pseudoartrosis de astrágalo inoperable (Hace referencia a una fractura del astrágalo que no ha llegado a consolidar “soldar”) (10-20 puntos): ± 10.845,86 a 28.985,33 euros (10-15 puntos): ± 10.845,86 a 19.120, 17 euros.

Tórax, Columna, Pelvis y extremidad superior e inferior
- Limitación de la movilidad de la muñeca
- Flexión (N: 80°) (1-7 puntos): ± 900,00 a 7.225,45 euros.
- Extensión (N: 870°) (1-8 puntos): ± 900,00 a 8.414,13 euros.
- Inclinación radial (N: 25°) (1-3 puntos): ± 900,00 a 2.858,09 euros.
- Inclinación cubital (N: 45°) (1-3 puntos): ± 900,00 a 2.858,09 euros.
- Fractura costillas/esternón con neuralgias intercostales persistentes asociadas a fracturas costales múltiples. (Tras fracturas de las costillas o esternón queda un dolor persistente en la zona) (10-20 puntos): ± 10.845,86 a 28.985,33 euros (4-6 puntos): ± 3.899,19 a 6.062,92 euros.
- Limitación de la movilidad del segmento dorsal (Perdida de movilidad de la columna vertebral en su zona dorsal) (10-20 puntos): ± 10.845,86 a 28.985,33 euros (2-10 puntos): ± 1.855,53 a 10.845,86 euros.
- Pseudoartrosis inoperable de radio. Sin infección activa. (Hace referencia a una fractura del radio que no ha llegado a consolidar “soldar” y no puede ser operada y en este caso no se acompaña de infección) (10-20 puntos): ± 10.845,86 a 28.985,33 euros (6-8 puntos): ± 6.062,92 a 8.414,13 euros.
- Pseudoartrosis inoperable de radio. Con infección activa. (Hace referencia a una fractura del radio que no ha llegado a consolidar “soldar” y no puede ser operada y en este caso no se acompaña de infección) (10-20 puntos): ± 10.845,86 a 28.985,33 euros(9-12 puntos): ± 9.623,26 a 13.927,47 euros.
- Luxación radio-cubital distal inveterada (Luxación de la articulación de la muñeca que no ha podido reducirse y colocarse en su posición correcta) (10-20 puntos): ± 10.845,86 a 28.985,33 euros (1-7 puntos): ± 900,00 a 7.225,45 euros.
- Necrosis de la cabeza femoral (La cabeza del fémur presenta una muerte de sus células, necrosándose y perdiendo su forma) (10-20 puntos): ± 10.845,86 a 28.985,33 euros(20-25 puntos): ± 28.985,33 a 40.587,90 euros.
- Pseudoartrosis de astrágalo inoperable (Hace referencia a una fractura del astrágalo que no ha llegado a consolidar “soldar”) (10-20 puntos): ± 10.845,86 a 28.985,33 euros (10-15 puntos): ± 10.845,86 a 19.120, 17 euros.

Tórax, Columna, Pelvis y extremidad superior e inferior
- Limitación de la movilidad de la muñeca
- Flexión (N: 80°) (1-7 puntos): ± 900,00 a 7.225,45 euros.
- Extensión (N: 870°) (1-8 puntos): ± 900,00 a 8.414,13 euros.
- Inclinación radial (N: 25°) (1-3 puntos): ± 900,00 a 2.858,09 euros.
- Inclinación cubital (N: 45°) (1-3 puntos): ± 900,00 a 2.858,09 euros.
- Fractura costillas/esternón con neuralgias intercostales persistentes asociadas a fracturas costales múltiples. (Tras fracturas de las costillas o esternón queda un dolor persistente en la zona) (10-20 puntos): ± 10.845,86 a 28.985,33 euros (4-6 puntos): ± 3.899,19 a 6.062,92 euros.
- Limitación de la movilidad del segmento dorsal (Perdida de movilidad de la columna vertebral en su zona dorsal) (10-20 puntos): ± 10.845,86 a 28.985,33 euros (2-10 puntos): ± 1.855,53 a 10.845,86 euros.
- Pseudoartrosis inoperable de radio. Sin infección activa. (Hace referencia a una fractura del radio que no ha llegado a consolidar “soldar” y no puede ser operada y en este caso no se acompaña de infección) (10-20 puntos): ± 10.845,86 a 28.985,33 euros (6-8 puntos): ± 6.062,92 a 8.414,13 euros.
- Pseudoartrosis inoperable de radio. Con infección activa. (Hace referencia a una fractura del radio que no ha llegado a consolidar “soldar” y no puede ser operada y en este caso no se acompaña de infección) (10-20 puntos): ± 10.845,86 a 28.985,33 euros(9-12 puntos): ± 9.623,26 a 13.927,47 euros.
- Luxación radio-cubital distal inveterada (Luxación de la articulación de la muñeca que no ha podido reducirse y colocarse en su posición correcta) (10-20 puntos): ± 10.845,86 a 28.985,33 euros (1-7 puntos): ± 900,00 a 7.225,45 euros.
- Necrosis de la cabeza femoral (La cabeza del fémur presenta una muerte de sus células, necrosándose y perdiendo su forma) (10-20 puntos): ± 10.845,86 a 28.985,33 euros(20-25 puntos): ± 28.985,33 a 40.587,90 euros.
- Pseudoartrosis de astrágalo inoperable (Hace referencia a una fractura del astrágalo que no ha llegado a consolidar “soldar”) (10-20 puntos): ± 10.845,86 a 28.985,33 euros (10-15 puntos): ± 10.845,86 a 19.120, 17 euros.

Sistema cárdio-respiratorio
- Traqueotomizado con necesidad permanente de cánula (La traqueotomía del paciente precisa una cánula para que no se cierre de forma permanente y le permita respirar) (10-20 puntos): ± 10.845,86 a 28.985,33 euros (35-45 puntos) ± 67.861,12 a 99.540,84 euros.

Sistema digestivo
- Eventraciones (Igual que las hernias de la pared abdominal pero con mayor tamaño) (10-20 puntos): ± 10.845,86 a 28.985,33 euros(10-20 puntos): ± 10.845,86 a 28.985,33 euros.

Sistema glandular endocrino
- Insuficiencia renal. Grado I (Función inadecuada del riñón) (10-20 puntos): ± 10.845,86 a 28.985,33 euros (5-10 puntos): ± 4970,25 a 10.845,86 euros.
Aparato Genital
- Femenino:
- Pérdida de uno o dos ovarios. Después de la menopausia (10 puntos): ± 10.845,86 euros.
- Masculino:
- Prótesis de testículo (1-5 puntos): ± 900,00 a 4.970,25 euros.
- Impotencia (2-20 puntos): ± 1.855,53 a 28.985,33 euros.

Perjuicio estético
- Importantísimo (Es el máximo perjuicio estético posible y corresponden a grandes quemados o mutilados en zonas visibles) (10-20 puntos): ± 10.845,86 a 28.985,33 euros (41-50 puntos): ± 86.382,43 a 116.672,24 euros.
Daños psicológicos
- Otros trastornos neuróticos (Alteraciones psiquiátricas variadas) (10-20 puntos): ± 10.845,86 a 28.985,33 euros (1-5 puntos): ± 900,00 a 4.970,25 euros.

En el caso de indemnizaciones por causa de muerte podrá llegar a recibir como perjuicio personal básico:
- El Cónyuge viudo ± 90.000 euros
- Cada progenitor ±70.000 euros
- Cada descendiente ± 90.000 euros
- Cada hermano ± 20.000 euros
- Cada allegado ± 10.000 euros
Estas cantidades podrán ser incrementadas según distintos perjuicios particulares.
- Si nos encontramos con que el perjudicado previa o a resultas del accidente sufre una discapacidad física o psíquica podremos elevar la cantidad del perjuicio personal básico en un ± 75%.
- A cada progenitor si el hijo fallecido tenía más de 30 años ± 30.000 €.
- A cada abuelo ± 10.000 €.
- A cada hijo que tenga más de 30 años ± 30.000 €.
- A cada nieto ± 7.500 €.
- A cada hermano que tenga más de 30 años ± 5.000 €.
- Si es perjudicado único de su categoría deberemos incrementar en un ± 25%.
- Si es perjudicado único familiar deberemos incrementar en un ± 25%.
- Si fallece el progenitor único a cada hijo que tenga hasta 20 años deberá incrementarse la indemnización en ± 50%.
- Si fallecen ambos progenitores a cada hijo que tenga hasta 20 años ± 70%.
- Si se produce el fallecimiento del único hijo se elevará en un ± 25%.
- Si fallece una mujer embarazada dentro de las primeras 12 semanas de gestación se incrementará en un ±15.000 €.
- En caso de perjuicio excepcional podrá elevarse la indemnización en un ± 25%.
Podremos recibir sin necesidad de justificación la cantidad de 400 euros por cada perjudicado en concepto de perjuicio patrimonial básico. Y para los gastos que excedan del importe anterior y para los gastos de traslado del fallecido, entierro, funeral y repatriación: su importe.
En cuanto a las indemnizaciones por lucro cesante éstas se toman de las tablas 1.C de la ley 35/2015, de 12 de septiembre, establecidas para cada tipo de perjudicado, definiendo lucro cesante como las pérdidas netas que sufren aquellos que dependían económicamente de los ingresos de la víctima y que por ello tienen la condición de perjudicados.
* (Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación)
La valoración de las indemnizaciones por causa de muerte se cuantifican conforme a las disposiciones y reglas que se establecen en esta Sección y que se reflejan en los distintos apartados de la tabla 1 que figura como Anexo.
Las cuantías que figuran que son las más altas, pero está sujeta a unos parámetros de cada persona
Cómo utilizar la Calculadora de indemnización por accidente de moto
- Seleccione la lesión que ha sufrido tras el accidente de coche.
- Busque el trauma que corresponda a su lesión haciendo clic en el símbolo.
- Se desplegará en la parte inferior las cantidades que puede percibir.
- Valore la indemnización que puede reclamar.
La Calculadora de indemnización por accidente de moto se basa en un sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.
Baremo que entra en vigor el día 1 de Enero de 2016. El criterio utilizado en la calculadora es la edad del lesionado, en todos estos supuestos es hasta dos años.
Más información:
TÍTULO IV
La siguiente Calculadora de indemnización por accidente de moto está basado en un sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación
CAPÍTULO I
Criterios generales para la determinación de la indemnización del daño corporal
Sección 1.ª Disposiciones generales
Artículo 33. Principios fundamentales del sistema de valoración.
- La reparación íntegra del daño y su reparación vertebrada constituyen los dos principios fundamentales del sistema para la objetivación de su valoración.
- El principio de la reparación íntegra tiene por finalidad asegurar la total indemnidad de los daños y perjuicios padecidos. Las indemnizaciones de este sistema tienen en cuenta cualesquiera circunstancias personales, familiares, sociales y económicas de la víctima, incluidas las que afectan a la pérdida de ingresos y a la pérdida o disminución de la capacidad de obtener ganancias.
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