Antes de comenzar a hablar sobre Cómo reclamar un seguro de incendio, tenemos que definir qué se considera un siniestro de incendio y la normativa existente.

¿Qué es un incendio?

Un incendio es todo aquel fuego desmesurado, que se produce de forma no deseada, propagándose y destruyendo distintos lugares (la mayoría de las veces los incendios ocurren en los bosques). Los incendios pueden ser naturales o provocados, por descuidos humanos o realmente intencionadamente.

El fuego en realidad, no es más que una reacción química entre dos sustancias, una que se denomina combustible y la otra comburente. Se considera que para que exista fuego deben aparecer tres factores: combustible, aire (oxígeno) y calor.

Cualquier incendio es destructivo y no solo puede terminar con una población o emplazamiento, sino que también puede finalizar en la muerte de vidas humanas.

Los incendios se producen por descuidos o negligencias humanas, o por fallos en el mantenimiento de equipos electrónicos o desconocimiento de medidas preventivas.

Cuando se produce un incendio se debe mantener la calma y comunicar inmediatamente a los bomberos de lo que está ocurriendo.

Normativa

Existe distinta normativa en reclamaciones de seguros de incendios, sobre incendios forestales o incendios que pueden ocurrir en las viviendas habituales:

La resolución de 31 de octubre de 2014, de la Subsecretaría, por el que se aprueba el Plan Estatal de Protección Civil para Emergencias por Incendios Forestales: El Plan Estatal tiene por objetivo el establecer la organización y los procedimientos de actuación que permitan asegurar una respuesta eficaz del conjunto de las Administraciones Públicas en los casos de emergencia por incendios forestales en que esté presente el interés nacional así como, en otros supuestos, prestar el apoyo necesario a los Planes de las comunidades autónomas cuando éstas lo requieran. Por otra parte se ha considerado conveniente utilizar la organización del Plan Estatal para facilitar la colaboración de Planes de Comunidades Autónomas entre sí, estableciendo los mecanismos que hagan posible la aportación de medios y recursos de una comunidad autónoma a otra de forma coordinada.

Ley 3/2010, de 10 de marzo, por la que se aprueban medidas urgentes para paliar los daños producidos por los incendios forestales y otras catástrofes naturales ocurridos en varias Comunidades Autónomas: El objetivo de esta norma es, en consecuencia, aprobar un catálogo de medidas que afectan a diversos departamentos ministeriales y abarcan aspectos muy diferentes, desde las que se dirigen a disminuir las cargas tributarias hasta las que prevén la concesión de créditos privilegiados para intentar paliar el impacto en las empresas y ciudadanos afectados.

Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios: Constituye el objeto de este Reglamento la determinación de las condiciones y los requisitos exigibles al diseño, instalación/aplicación, mantenimiento e inspección de los equipos, sistemas y componentes que conforman las instalaciones de protección activa contra incendios.

Puede Interesarle:  Responsabilidad civil para Administradores y Directivos

En el caso de las viviendas habituales: El Código Técnico de la Edificación (CTE) establece medidas para impedir la propagación de un incendio, tanto en el interior como en el exterior del edificio, facilita la evacuación de los ocupantes del mismo en condiciones de seguridad y prevé la instalación de sistemas de detección, control y extinción en zonas comunes, pero no dice nada al respecto para las viviendas integradas en el edificio, salvo las unifamiliares.

Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil: La protección civil, como instrumento de la política de seguridad pública, es el servicio público que protege a las personas y bienes garantizando una respuesta adecuada ante los distintos tipos de emergencias y catástrofes originadas por causas naturales o derivadas de la acción humana, sea ésta accidental o intencionada.

El objeto de esta ley es establecer el Sistema Nacional de Protección Civil como instrumento esencial para asegurar la coordinación, la cohesión y la eficacia de las políticas públicas de protección civil, y regular las competencias de la Administración General del Estado en la materia.

Incendios en comunidades de vecinos

Para prevenir los incendios en las viviendas, es necesario, que las comunidades de vecinos cuenten con:

  • Extintor: en caso de indicio o primera fase del incendio, se utiliza fácilmente y siempre dirigiendo la manguera a la base de la llama.
  • BIE: La boca de incendios equipada es idónea para instalarse en el portal y pasillos. Es fácil de usar, eficaz e inagotable ya que funciona con agua de la red.
  • Detección: los detectores automáticos proporcionan gran seguridad mientras se duerme, ya que son los equipos más adelantados que avisan por medio de sirenas e indicadores visuales asociados del posible incendio para proceder a la evacuación del edificio y activar los equipos de extinción automática (si van asociados a rociadores automáticos, por ejemplo).
  • Rociadores automáticos. Permite sofocar el incendio con la acción directa del agua a través de los rociadores que son alimentados por tuberías. Se activan automáticamente.
  • Compartimentación y protección estructural. Todos los elementos constructivos que componen una vivienda deben cumplir con una característica de resistencia al fuego que permita la evacuación de las personas y la intervención de los bomberos.
  • Control de humos en la escalera y garajes: El objetivo es mantener las vías de evacuación que discurren por ella a una presión superior por medio de un sistema mecánico de suministro de aire fresco, para impedir que el humo invada la escalera o el garaje y dificulte su evacuación.
  • Señalización de emergencia. Especialmente para las vías de evacuación.
Puede Interesarle:  Indemnización recíproca al 50% cuando no se pueda probar la culpa en un accidente de tráfico

Casos de incendios

Existen distintos casos de incendios, como:

  • Pinto (Madrid, Julio de 2017): El pasado 20 de Julio se propago un incendio por distintas viviendas del municipio de Pinto (Madrid). El fuego se ha iniciado en un patio interior y se ha propagado a tres viviendas que han quedado muy afectadas. El patio interior del inmueble hizo de «efecto chimenea’ generando mucho fuego y humo, que salieron por la azotea. Los bomberos, no han tenido que atender a nadie porque los vecinos han salido de sus viviendas al percibir el humo.
  • Murcia (Julio 2017): Una madre y su hijo, resultaron heridas con quemaduras de carácter grave en el incendio de su vivienda en Moratalla(Murcia). Al lugar de los hechos han acudido Bomberos del Consorcio de Extinción de Incendios y Salvamento de la Región de Murcia con una dotación de cinco bomberos y dos vehículos que han logrado sofocar el fuego. Una UME y una ambulancia del servicio murciano de salud atendió a los heridos por quemaduras graves.
  • Bilbao (Mayo de 2017): El incendio en el barrio de Zorroza, Bilbao costó la vida a cuatro personas. Esel incendio más grave ocurrido en viviendas en España durante este año. Los cuatro fallecidos son dos adultos, un bebé y un adolescente. Además hay siete heridos que han sido evacuados con pronóstico grave.

Jurisprudencia en reclamaciones de seguros de incendios

Existe además, Jurisprudencia sobre incendios:

  • AP Pontevedra, sec. 4ª, S 3-10-2008, nº 35/2008, rec. 1/2008: El matrimonio formado por Carlos Jesús y Lourdes acudieron al lugar de los hechos: 1º.- que en la madrugada del día 17 de mayo de 2007 se produjo un incendio en el garaje anexo a la vivienda propiedad y domicilio habitual del matrimonio Carlos Jesús Lourdes, el cual, se halla en comunicación interior con la misma; que en dicho garaje, al tiempo de los hechos, además de enseres propiedad de la familia, se encontraba estacionado el vehículo Peugeot 206, matrícula….-RCM, propiedad de Lidia, que, a su vez, era compañera de trabajo de Lourdes; que al tiempo de los hechos, en el interior de la vivienda, durmiendo, se hallaban Carlos Jesús y sus tres hijos, todos ellos menores, de 11, 4 y 1 año de edad; que los cuatro moradores de la vivienda tuvieron que ser atendidos médicamente por inhalación de humos; y, que cuando se percataron de lo sucedido, en torno a las 6’30 horas, al llegar Lourdes y Lidia de trabajar, había mucho humo en el garaje pero el fuego se había extinguido.

 

Por favor, valore este artículo

1 Estrella2 Estrellas3 Estrellas4 Estrellas5 Estrellas (4 votos, promedio: 5,00 de 5)
Cargando...