Como todos sabemos los accidentes de tráfico no se producen solo cuando existe un impacto con otro vehículo, o con un ciclista, o cuando se lleva un exceso de velocidad y no vemos al peatón que cruza. En muchos casos los accidentes de tráfico se producen por el mal estado de la calzada en la que circulamos.
De hecho La Asociación Española de la Carretera (AEC) calificó el estado de las carreteras españolas con un suspenso en un estudio, asegurando que el 94% de las averías o accidentes son por culpa de la vía, por el deterioro del pavimento y el 6% restante por culpa de la poca iluminación o por una señalización defectuosa. La pregunta que solemos plantearnos es si en estos supuestos, es si tenemos derecho a una indemnización.
Indemnización por accidente por causa del mal estado de la carretera
Según el artículo 106 de la Constitución Española dice:
«los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos».
El articulo indica que todos aquellos que hayan sufrido accidentes como consecuencia de fuerza mayor no tendrán derechos a indemnización.
Pero si nos encontramos en un accidente que si ha ocurrido como consecuencia de un mal estado de la calzada, la pregunta que nos hacemos es:
¿Frente a quién podemos reclamar?
La legislación de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial establece que:
“Corresponde al titular de la vía la responsabilidad del mantenimiento de la misma en las mejores condiciones posibles de seguridad para la circulación y la instalación y conservación en ella de las adecuadas señales y marcas viales.”
Teniendo en cuenta lo anterior deberemos dirigir nuestra indemnización por accidente de tráfico frente a una empresa privada si se trata de autopistas o bien frente al Ministerio de fomento, administraciones o Ayuntamientos si se trata de una calzada publica.
¿Qué documentación necesito para poder reclamar?
En estos casos no se trata solo de enviar al responsable civil la documentación médica que acredita las lesiones que ha sufrido como consecuencia del accidente, sino que además hay que acreditar que las lesiones han sido como consecuencia del mal mantenimiento de la calzada y que no hemos podido hacer nada por evitar que sucediera, por ello es importante llamar a la Policía para que levante un atestado de lo ocurrido y realicen fotografías que acrediten los daños que se encontraban en la calzada debido a su mal mantenimiento. Si no acudiera la Policía, es conveniente realizar fotografías del estado de la calzada e intentar conseguir los máximos testigos posibles.
¿Qué se puede reclamar?
Al igual que cualquier otro accidente de tráfico, podremos reclamar las lesiones sufridas como consecuencia del mismo. Para ello necesitaremos guardar toda la documentación médica que dispongamos para la curación de las mismas. También podremos reclamar los daños materiales ocasionados en nuestro vehículo y los gastos que nos haya ocasionado el accidente.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?
El plazo que tengo para reclamar, al igual que en cualquier tipo de accidente de tráfico, es el de un año a contar desde la fecha del siniestro o bien desde la fecha de la estabilización lesional. (Leer: Plazo para reclamar un seguro de accidentes)
¿Qué diferencia encontramos a la hora de reclamar en este tipo de siniestros con accidentes ocasionados por colisión con otro vehículo?
La diferencia radica en que cuando la causa de nuestro accidente ha sido como consecuencia del mal uso de la calzada, el procedimiento que hay que seguir en caso de no llegar a un acuerdo en vía amistosa, es el procedimiento administrativo, a diferencia del resto de accidente que suelen tramitarse por la vía penal cuando hay alcoholemia, drogas…etc o bien por la vía civil cuando únicamente estamos reclamando por la lesiones y daños materiales.
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