Los accidentes de motos, por desgracia, hoy en día son muy habituales. Al no tener protección física en el momento de un accidente de tráfico, el motorista está expuesto a sufrir Lesiones graves como consecuencia del siniestro.
Muchas veces se pueden producir por distintas circunstancias como:
- Pérdida de control de la moto: Muchas veces se puede producirse por no mirar correctamente. Ante esta situación, se puede producir el fallecimiento del conductor.
- Error al juzgar la velocidad o la intención de otro conductor: La mayoría de accidentes por lo general no se producen por una única causa: más de la mitad de atestados, señalan que pueden ser por “No mirar correctamente” o por la culpa del conductor de otro vehículo que produjo el fallecimiento de la víctima.
- Trazada o maniobra mala: Este motivo recoge realmente causas que podemos imaginar muy dispares, pero evidentemente habla de una clara negligencia por parte del piloto o por parte del conductor de otro vehículo que produjo el fallecimiento de una persona.
- Principiante o conductor sin experiencia: Son casi uno de cada 10 accidentes los producidos porque el piloto de la moto no controlaba aun muy bien la máquina. De esto hay que tomar dos consideraciones.
- Conducción, negligente, temeraria o con prisas: No tiene porque ser solo culpa del motorista, ya que, esta conducción puede ser por parte de otro conductor que produjo el fallecimiento del propietario de la moto.
Prevenir Lesiones graves por accidente de moto
Para prevenir estos accidentes, se tiene que:
- Utilizar obligatoriamente un casco de seguridad homologado y de calidad, cumpliendo con las medidas correspondientes.
- En caso de lluvia, además de tener especial cuidado con el estado de las vías, es importante vestir con un traje impermeable al igual que llevar unos guantes de las mismas características. El objetivo es aportar una mayor dosis de comodidad y favorecer la movilidad del cuerpo.
- En cuanto al número de pasajeros, además del conductor, y en su caso, del ocupante del sidecar, puede viajar como máximo un pasajero, siempre que se cumplan las condiciones siguientes:
- Que así conste en su permiso de circulación.
- Que el viajero de la motocicleta, excluido el del sidecar, cuando circule por cualquier clase de vía vaya a horcajadas y con los pies apoyados en los reposapiés laterales.
- En ningún caso podrá situarse el viajero en lugar intermedio entre la persona que conduce y el manillar de la motocicleta.
- Que lleve el casco homologado.
Fallecimiento por accidente de moto
En caso del fallecimiento de la víctima, los familiares pueden reclamar una indemnización.
En ocasiones hay accidentes que producen varias víctimas mortales. Dependiendo de la dinámica del siniestro, de si los fallecidos son conductores u ocupantes de los vehículos implicados, y de quien haya sido responsable del mismo, habrá o no derecho a indemnización, con la especialidad de que los ocupantes siempre van a percibir una indemnización por accidente, con independencia de que viajen en el vehículo responsable o no.
Llevar a cabo la indemnización no están sencillo, ya que, tras la entrada en vigor en 2016 del nuevo Baremo de Tráfico, se han mejorado y aumentado de manera importante las cuantías indemnizatorias en caso de fallecimiento por accidente de tráfico, empezando por los beneficiarios de la misma.
Sin embargo, la complejidad radica en la multitud de conceptos que se pueden indemnizar conforme a dicho Baremo nuevo, dependiendo de circunstancias tales como el estado civil del fallecido, si tenía o no familia, su situación laboral, etc.
De ahí la necesidad de contar siempre con la asistencia y el asesoramiento de un abogado especialista en accidentes de tráfico con fallecimiento, ya que debe interpretarse el Baremo y sobre todo no dejarse ningún concepto sin reclamar.
Indemnización por Lesiones graves por accidente de moto
La indemnización por fallecimiento viene regulada en la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación. Concretamente se encuentra en los artículos 61 y 92 de esta misma ley.
Cuando los familiares reclaman la indemnización por fallecimiento, pueden surgir, dos problemas muy comunes. Ante estas situaciones, lo más recomendable es que acudas a nuestros abogados especialistas.
Para reclamar la indemnización por lesiones o fallecimiento por accidentes de motos, hay que diferenciar claramente entre los daños personales (o lesiones) y los daños materiales.
- Daños personales: Estas lesiones pueden ser tanto físicas como psicológicas. Para cuantificar la indemnización por cada tipo de lesión tenemos que basarnos en el Baremo Legal de tráfico. Este Baremo establece una serie de intervalos de graduación para cada tipo de lesión. Cada punto equivale a una determinada cantidad indemnizatoria, en función de la edad y de la cantidad de puntos acumulados.
- Daños materiales: Es el daño que afecta de forma directa a la esfera económica de la víctima. Las lesiones también pueden acarrear daños económicos relativos al tratamiento o a los mecanismos de recuperación.
Casos de Lesiones graves por accidente de moto
Existen distintos casos de accidentes y fallecimientos en motos:
- Majadahonda (Madrid, Julio 2017): Un motorista de 40 años fallecido la madrugada del seis de Julio. Este motorista fue atropellado por varios vehículos en el kilómetro 76 de la M-50. La víctima sufrió un politraumatismo y no hubo posibilidades de reanimarle.
- Fuente del Sanz de Jarama (Junio de 2017): Un joven de 24 años falleció, tras caer de su motocicleta y ser arrollado por un vehículo en el kilómetro 17 de la carretera M-111, a la altura de Fuente el Saz de Jarama. El motorista se habría caído de la motocicleta y habría sido arrollado por un vehículo que venía por detrás. Los sanitarios del SUMMA 112 encontraron al joven en parada cardiorrespiratoria y con una fractura craneal y, pese a intentar reanimarle, sólo pudieron confirmar el fallecimiento.
- Valdemorillo (Madrid, Septiembre de 2016): Una menor de 17 años falleció en un accidente de moto. El accidente de tráfico sobre las 19.00 horas, según el servicio de Emergencias 112 de la Comunidad de Madrid. La joven regresaba de hacer una ruta en moto, cuando circulaba con su motocicleta por la M-512, concretamente en el kilómetro 13, sobrevino el percance. En un primer instante se indicó que había sido atropellada aunque posteriormente se apuntó que se accidentó ella sola. Los sanitarios reanimaron a Carmen, que había sufrido graves politraumatismos. Fue intubada en el lugar de los hechos aunque las constantes vitales eran muy bajas. Debido a su gravedad fue trasladada en helicóptero al Hospital 12 de Octubre de Madrid en estado crítico. Falleció nada más llegar al hospital.
Jurisprudencia de Lesiones graves por accidente de moto
Existe también jurisprudencia sobre fallecimientos en motocicletas:
- AP Lugo, sec. 2ª, S 21-3-2007, nº 70/2007, rec. 54/2007: El día 9 de marzo de 2005, Carlos Alberto conducía el vehículo Fiat, que estaba asegurado en la entidad Seguros Bilbao y en el que viajaba como acompañante Ignacio, por la calle Matías López de esta villa de Sarria, en sentido Monforte de Lemos. Al llegar al cruce con la calle Formigueiros se detuvo en el semáforo que estaba en rojo, detrás del vehículo Xantia que era conducido por Jesús María; cuando el semáforo se puso en verde, emprendió la marcha disponiéndose a girar correctamente en la intersección para tomar la calle Formigueiros, momento en el que colisionó con la motocicleta, que era conducida por Millán y estaba asegurada en Allianz, ocasionándose el fallecimiento del conductor de la motocicleta. En el momento de la colisión, Millán se encontraba rebasando el vehículo que era conducido por el denunciado, para lo que realizó una maniobra peligrosa, pues conducía la motocicleta a una velocidad excesiva para las circunstancias y con 1,52 grs/libro de alcohol etílico en sangre.
- Tribunal Supremo Sala 1ª, S 29-7-2013, nº 494/2013, rec. 920/2011: El litigio causante del presente recurso de casación versa sobre la indemnización de daños y perjuicios por un hecho de la circulación consistente en la colisión de un turismo, el 19 de noviembre de 2006, contra una motocicleta en la carretera TF-47 (Armeñime-Puerto de Santiago), de la isla de Tenerife, con el resultado de muerte del conductor de la motocicleta y lesiones graves de su esposa, que le acompañaba.
La demanda se interpuso conjuntamente por esta última y por sus suegros, padres del conductor fallecido , contra la conductora del turismo y su aseguradora, pidiendo su condena solidaria a indemnizarles, por la muerte del conductor de la motocicleta , en un total de 141.700’71, euros más los intereses legales desde la interpelación judicial respecto de la conductora demandada y los moratorios de la legislación sobre seguros a cargo de la aseguradora codemandada y, por los daños personales de la víctima superviviente, es decir de la esposa del conductor fallecido , en la cantidad que se determinara durante la sustanciación del procedimiento conforme a las bases que estableciera la sentencia según lo alegado en el hecho noveno de la demanda, más los intereses legales respecto de la conductora demandada y los moratorios de la legislación de seguros respecto de la aseguradora codemandada.
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