Somos Abogados especialistas en Reclamaciones de seguro de defensa jurídica
Desde Abogados Indemnización tenemos una larga experiencia y una alta especialización en los Seguros de daños, asesorando a asegurados sobre la reclamación de un seguro de defensa jurídica a las entidades aseguradoras con la finalidad de que perciban la indemnización que les corresponda, de acuerdo con lo contratado en las condiciones particulares de la póliza.
Mediante el seguro de defensa jurídica, el asegurador se obliga a cubrir los gastos en los que pueda incurrir el asegurado a causa de su intervención en un procedimiento administrativo, judicial o arbitral, y a prestarle los servicios de asistencia jurídica judicial y extrajudicial derivados de la cobertura del seguro. (Art. 76 LCS).
Quedan excluidos de esta cobertura el pago de multas y la indemnización de cualquier gasto ordinario por sanciones impuestas al asegurado por las autoridades administrativas o judiciales.
SOLO COBRAMOS SI USTED COBRA, al final cuando Usted reciba la indemnización nos liquidará un porcentaje de la misma, nunca nos tendrá que adelantar ninguna cantidad en conceptos de honorarios.
El seguro de defensa jurídica
Este tipo de seguro debe ser objeto de un contrato independiente o en el caso de incluirse en un capítulo aparte dentro de una póliza de seguros, se deberá de especificar el contenido de la defensa jurídica garantizada y la prima que le corresponde.
A pesar de ser el asegurador quien ofrece esta defensa jurídica, el asegurado tiene derecho a elegir libremente el Procurador y Abogado que le represente y defienda en cualquier clase de procedimiento. El asegurador en esta materia no tiene opción de decisión y además el Abogado y Procurador designados no están sujetos bajo ningún concepto a las instrucciones del asegurador.
En el caso de que surgiera alguna diferencia entre el asegurado y el asegurador en base al contrato de seguros, el asegurador tendrá derecho a someter a arbitraje esta controversia. Con la excepción de que la designación de árbitros no podrá hacerse antes de que surja la cuestión disputada.
Estos dos últimos derechos del asegurado se deberán de recoger expresamente en la póliza de seguros y en caso de conflicto de intereses o de desavenencia sobre el modo de tratar una cuestión litigiosa, el asegurador deberá informar inmediatamente al asegurado de la facultad que le compete de ejercitar estos derechos.
Esta defensa jurídica no podrá aplicar en los siguientes casos:
- A la defensa jurídica realizada por el asegurador de la responsabilidad civil.
- A la defensa jurídica realizada por el asegurador de la asistencia en viaje.
- A la defensa jurídica que tenga por objeto litigios o riesgos que surjan o tengan relación con el uso de buques o embarcaciones marítimas.
Si Usted tuvo un siniestro de defensa jurídica como asegurado y tiene discrepancias con la compañía de seguros no dude en ponerse en contacto con nosotros, nuestros abogados son expertos en la reclamación de siniestros de defensa jurídica frente a las compañías de seguros.
ATENCIÓN 24 HORAS, usted puede contactar a cualquier hora del día, le atenderá un abogado especialista en Reclamaciones de seguro de defensa jurídica.
900 264 199
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