Somos Abogados especialistas en reclamaciones de seguros de deportistas federados
Desde Abogados Indemnización tenemos una larga experiencia y una alta especialización en los Seguros de personas, asesorando a asegurados sobre la reclamación de un seguro para deportistas federados frente a las entidades aseguradoras con la finalidad de que perciban la indemnización que les corresponda, de acuerdo con lo contratado en las condiciones particulares de la Póliza.
¿Qué son los seguros de deportistas federados?
La Ley 10/1990 del Deporte establece en su Art. 59.2 que, con independencia de otros aseguramientos, todos los deportistas federados que participan en competiciones oficiales de ámbito estatal, deberán poseer un seguro obligatorio que cubra los riesgos para la salud derivados de la práctica de la modalidad deportiva correspondiente. La inclusión en la Ley del Deporte de este seguro viene motivada por la especificidad de los riesgos que conlleva la práctica deportiva de competición, así como por la necesidad de garantizar un marco de seguridad sanitaria en dicha práctica. Cabe mencionar que el seguro es suscrito (en condición de tomador del seguro) por la Federación deportiva estatal o por la Federación de ámbito autonómico
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Riesgos y garantías del seguro de deportistas federados
- Asistencia médico-quirúrgica y sanatorial: en accidentes ocurridos en el territorio nacional, sin límites de gastos, y con un límite temporal de hasta 18 meses desde la fecha del accidente.
- Asistencia farmacéutica en régimen hospitalario, sin límite de gastos: tiene un límite temporal de 18 meses desde la fecha del accidente.
- Asistencia en régimen hospitalario: de los gastos de prótesis y material de osteosíntesis, en su totalidad, y con un límite temporal de 18 meses desde la fecha del accidente.
- Los gastos originados por rehabilitación: durante el período de 18 meses desde la fecha del accidente.
- Asistencia médico-quirúrgica, farmacéutica y sanatorial en accidentes ocurridos en el extranjero: hasta un límite, por todos los conceptos, de 6.000 euros (y con un límite temporal de hasta 18 meses desde la fecha del accidente). Esta prestación es compatible con las indemnizaciones por pérdidas anatómicas o funcionales, motivadas por accidente deportivo, que se concedan al finalizar el tratamiento.
- Indemnizaciones por pérdidas anatómicas o funcionales motivadas por accidente deportivo: con un mínimo, para los grandes inválidos (tetraplejia) de 12.020,24 euros.
- Auxilio al fallecimiento: cuando éste se produzca como consecuencia de un accidente en la práctica deportiva, por un importe no inferior a 6.010, 12 euros.
- Auxilio al fallecimiento: cuando éste se produzca en la práctica deportiva, pero sin causa directa del mismo, por un importe mínimo de 1.803,04 euros.
- Gastos originados por la adquisición de material ortopédico: para la curación de un accidente deportivo (no prevención), por un importe mínimo del 70 por 100 del precio de venta al público del mencionado material ortopédico.
- Gastos originados en odonto-estomatología: por lesiones en la boca motivadas por accidente deportivo. Estos gastos serán cubiertos hasta 240,4 euros como mínimo.
- Gastos originados por traslado o evacuación del lesionado: desde el lugar del accidente hasta su ingreso definitivo en los hospitales concertados por la póliza del seguro, dentro del territorio nacional.
- Asistencia médica: en los centros o facultativos concertados en todas las provincias del territorio nacional. Libre elección de centros y facultativos concertados en toda España.
Riesgos adicionales de un seguro de deportistas federados
- Riesgos extraordinarios: los cuales estarán condicionados al contenido de la póliza correspondiente (deberán estar expresamente cubiertos). Entre ellos, se pueden distinguir a los fenómenos de la naturaleza (terremotos, maremotos, erupciones volcánicas, tempestad ciclónica atípica, etc.), y a aquellos ocasionados violentamente como consecuencia de sucesos como el terrorismo, la rebelión, la sedición, el motín o el tumulto popular.
- Gastos de salvamento y rescate en caso de accidente deportivo.
- Gastos necesario de acondicionamiento de la vivienda y/o automóvil a consecuencia de un accidente de invalidez permanente cubierto.
- Guarda provisional de animales de compañía.
- Gastos por desplazamiento de familiares.
- Servicios de profesionales sanitarios a domicilio en caso de hacer una prescripción médica de reposo.
- Seguro dental, cuya cobertura podría incluir: revisiones dentales, radiografía, 1 higiene dental anual, diagnóstico y presupuestos gratuitos, y un 20% de descuento en los servicios franquiciados por la entidad.
- Otros
Tramitación de la reclamación de un seguro de deportista federado
Tras su contratación, las Federaciones deportivas españolas (y las federaciones de ámbito autonómico integradas en ellas) entregarán al deportista asegurado el certificado individual del seguro junto a su licencia deportiva (dicha licencia habilitando la participación del deportista en las competiciones oficiales de ámbito estatal).
Habiéndose producido un supuesto cubierto por el seguro, el sujeto (tomador/ asegurado/ o beneficiario) podrá reclamar los daños sufridos, mediante su comunicación a la entidad aseguradora. La notificación de los daños y el envío de información relativa al procedimiento y al estado de tramitación de la situación del afectado podrán realizarse a través del número de teléfono o la página web de la aseguradora, la cual procederá a valorar los daños en virtud de la legislación de seguros y el contenido de la póliza en cuestión. A continuación, la entidad aseguradora podrá realizar el pago de la indemnización al beneficiario, de estimar la validez de la reclamación.
¿Quién tiene derecho a reclamar una indemnización?
La indemnización podrá ser reclamada por el sujeto que ostente la condición de beneficiario en la póliza correspondiente.
ATENCIÓN 24 HORAS, usted puede contactar a cualquier hora del día, le atenderá un abogado especialista en reclamaciones de seguros de deportistas federados.
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