¿Qué se entiende por Accidente de tráfico in itinere?

Se entiende por un accidente de tráfico in itinere al siniestro que sufre el trabajador durante su  jornada de trabajo o durante la vuelta a casa. Para que se entiende que es un accidente in itinere deben darse los siguientes requisitos:

  • El accidente debe ocurrir cuando el trabajador vaya o vuelva del centro de trabajo y siempre desde su domicilio habitual.
  • No debe mediar interrupción alguna durante el trayecto, de lo contrario la presunción iuris tantum que ampara este hecho quedaría sin efecto.
  • El accidente debe ocurrir en un horario próximo a la entrada o salida del centro de trabajo.
  • El itinerario utilizado debe ser el habitual, es decir, el usado prácticamente a diario por el trabajador.
  • El medio de transporte también debe ser el habitualmente utilizado, siempre que este sea racional y adecuado.

¿Quién puede reclamar y frente a quién se puede reclamar?

Al igual que en todos los accidente de tráfico se puede reclamar, siempre y cuando la responsabilidad del accidente no sea imputable a la persona lesionada o solo se le pueda imputar parte de culpa, pudiendo igualmente reclamar una indemnización aunque en este caso no percibiría el cien por cien de la indemnización.

Se deberá reclamar frente a la aseguradora que tenga el vehículo que ha ocasionado el accidente y en el caso de que el vehículo que ha ocasionado el accidente no tenga seguro se deberá reclamar frente al consorcio de compensación de seguros.

¿A qué centro médico debo acudir cuando tenga un accidente de tráfico in itinere?

Es en este punto donde radica la principal diferencia con los accidente tráfico, ya que en los accidentes in itinere tenemos más opciones a la hora de decidir a qué médico queremos acudir o dónde nos queremos dar el tratamiento rehabilitador.

Por lo general en los accidentes de tráfico que no son in itinere, los lesionados suelen acudir o bien a los centros que tienen concertados por convenio las compañías o bien si tiene seguro privado al médico de confianza que elijan.

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Pero en el caso de un accidente in itinere la propia mutua del trabajo es la responsable de dar el parte de baja laboral al lesionado y de hacer un seguimiento al mismo hasta que obtenga el alta laboral, siendo también la mutua la encargada de enviar al lesionado a los centros de rehabilitación.

Pero el lesionado no está obligado a acudir solo a la mutua laboral,  porque se trata de un accidente de tráfico por lo que también se tiene la opción de acudir a las clínicas que tienen concertadas las compañías.

¿Qué indemnización se puede solicitar?

Como un accidente de tráfico normal podemos reclamar, el tiempo invertido en la curación de nuestras lesiones, las secuelas por el accidente y lo daños morales o psicológicos que nos haya ocasionado el siniestro. En el caso de que se hubieran generado gastos como consecuencia del accidente también se pueden reclamar.

En el caso de un accidente in itinere, si como consecuencia del mismo a la persona lesionada le queda una secuela que le imposibilita para poder realizar sus funciones en su trabajo se puede solicitar un incapacidad, y en este caso dependiendo de lo estipulado en el convenio colectivo que regule la empresa en la que trabaja el lesionado podría solicitarse una indemnización, que sería independiente a la indemnización obtenida por parte de la compañía que asegura el vehículo responsable del accidente.