¿Qué puede hacer Usted si tiene un accidente de tráfico dentro de un autobús y qué le cubren los diferentes seguros?
¿Son compatibles estos seguros, lea nuestro artículo y saldrá de duda?
Sepa muy bien qué puede reclamar y a quién y si tiene alguna duda no dude en contactar con un abogado especialista en accidentes de trafico.
Las caídas más frecuentes se producen cuando la gente al no tener sitios donde sentarse por la gran cantidad de personas que en ese momento se encuentre dentro del autobús y se produce un frenazo por los hechos de la circulación y las caídas en consecuencia. En otras ocasiones las caídas se producen cuando los viajeros se disponen a subir o a bajar de los autobuses y se producen lesiones en los viajeros.
¿Qué podemos hacer y a quién podemos reclamar?
Todos los diferentes transportes públicos tienen la obligación legal de contratar un Seguro Obligatorio de viajeros.
El SOVI o seguro obligatorio de viajeros es un seguro objetivo en cuanto a su responsabilidad, aquí no se valora y analiza y se determina de quien es la responsabilidad del accidente. Si ocurrió el accidente cubrirá los gastos médicos y a la vez establece una indemnización para el lesionado. Esta indemnización solo cubre una serie de secuelas que están tasadas no indemnizando días de baja y las cuantías son pequeñas en relación con las posibles secuelas.
Se encuentra regulado por el Real Decreto 1575/1989 de 22 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento del Seguro Obligatorio de Viajeros. Se trata de un seguro de accidentes individuales y que se contrata por medio del viajero con el asegurador al comprar el billete de viaje y su aplicación solo cabe cuando las lesiones se sufran en el viaje.
Existen varios supuestos:
- Si la responsabilidad del accidente recae sobre el conductor del vehículo contrario, tendrá derecho a percibir una indemnización con cargo al Seguro Obligatorio de Automóviles (S.O.A.) de dicho vehículo. Asimismo, también le puede corresponder una de las indemnizaciones fijadas en el Seguro Obligatorio de Viajeros (S.O.V.).
- Si la responsabilidad del accidente recae sobre el conductor del autobús, tendrá derecho a percibir una indemnización con cargo al Seguro Obligatorio de Automóviles del autobús. De igual manera que en el supuesto anterior, también le puede corresponder una de las indemnizaciones fijadas en el Seguro Obligatorio de Viajeros.
Conviene reseñar que para que exista responsabilidad del conductor del autobús no es preciso que se haya producido colisión alguna, pudiendo atribuírsele responsabilidad por los daños ocasionados a resultas de una maniobra o de un frenazo indebido. - Aunque no se pueda atribuir responsabilidad alguna a los conductores implicados, usted puede tener derecho a recibir una de las indemnizaciones fijadas en el Seguro Obligatorio de Viajeros
En el caso que el accidente haya sido provocado por el viajero en estado de embriaguez o por el consumo de drogas, mediante la comisión de algún tipo de delito, en este supuesto no cabe lugar realizar la reclamación ni la indemnización.
A la vez, en autobuses o en cualquier otro vehículo colectivo y que funcione mediante un vehículo a motor, es necesario contar con el seguro obligatorio, que cubra a sus ocupantes por las posibles lesiones ante un accidente de tráfico.
¿Cómo funciona el seguro obligatorio de viajeros?
Este funciona igual que en un coche, si la causa de las lesiones es por un frenazo brusco del conductor entonces el ocupante tendrá derecho a una indemnización, con independencia de la forma y mecánica del siniestro, tanto por días de baja como por secuelas.
Las indemnizaciones por el seguro obligatorio de vehículos a motor y el seguro obligatorio de viajeros son compatibles entre sí, pudiendo una víctima de un accidente de tráfico ser indemnizado por ambos seguros.
Les aconsejamos comunicar al conductor del vehículo la caída dentro del autobús y que confeccione el oportuno parte de siniestros, adjuntar el billete y aportar testigos si los hubiere.
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