Si siendo trabajador por cuenta ajena sufres una lesión corporal con ocasión o por consecuencia de ese trabajo debes saber que tienes derecho a recibir unas Prestaciones por accidente de trabajo en virtud de tus circunstancias personales, para ello será necesario que:
- Recojas el número máximo de datos sobre las personas que vieron como se produjo el accidente de trabajo.
- Acuda la inspección de trabajo, en el período más breve posible desde que sufriste el accidente laboral, al lugar donde se produjo el mismo. El lesionado tendrá que explicar de forma clara y concisa como sufrió esa lesión corporal.
- Es muy recomendable redactar por escrito, lo antes posible, las circunstancias por las que se dio lugar al accidente y las condiciones laborales en la empresa y la seguridad de la misma.
- Deberás guardar documentación relacionada con el accidente de trabajo, entre los que pueden estar entre otros, gastos de transporte, informes médicos de urgencias, revisiones, rehabilitación y radiografías.
Posibles prestaciones derivadas de un accidente de trabajo
- Indemnización por omisión de medidas de seguridad.
- Indemnización por incapacidad permanente.
- Indemnización derivada del convenio colectivo.
Por ello, si durante el desempeño de tu trabajo sufres lesiones debido a un accidente, tienes derecho a recibir una indemnización, bien sea por lesiones permanentes no invalidantes, por omisión de las medidas de seguridad necesarias por parte del empresario o porque la gravedad de las lesiones impliquen una incapacidad de tipo permanente parcial o total.
En el caso de sufrir lesiones de carácter permanente no invalidante, el órgano encargado de pagar la indemnización será la Mutua de trabajo, independientemente de la forma en la que se haya producido el accidente laboral y de si hubo algún tipo de negligencia por parte del trabajador o del empresario.
Nos encontraremos ante unas lesiones de carácter permanente no invalidante si accidente produce unas secuelas que, sin ser de tal gravedad como para incapacitarle para el desempeño de su trabajo, ocasionan en el trabajador un perjuicio estético o funcional.
Para calcular el valor de las prestaciones derivadas de accidente de trabajo se tendrá en cuenta el salario que venía siendo percibido por el trabajador el mes anterior a la fecha del accidente, sin necesitar periodo de carencia alguno para calcularlas.
Para un mejor asesoramiento será recomendable que se ponga en contacto con un abogado especialista en accidentes laborales para que le aconseje cual es el procedimiento más adecuado en su caso.
Si tiene cualquier duda o necesita más información sobre prestaciones por accidente de trabajo, no dude en consultarnos, en Abogados Indemnización estaremos encantados de poder atenderle y asesorarle sobre su caso en concreto y sobre la posible indemnización que pudiera percibir.
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Me parece muy positivo las cosas así ya que las lesiones permanentes son muy molestas y aunque no son capaces de hacernos inválido si que son capaces de no dejarnos llevar la misma vida que antes teníamos y eso debe ser indemnizado como corresponde, excelente artículo
Gracias por vuestro comentario.
Un saludo!