Cálculo de la indemnización: accidente de tráfico y accidente laboral

Día a día, miles de personas tienen la mala fortuna de sufrir accidentes que alteran la marcha normal o prevista de sus cosas. Estos sucesos imprevistos pueden darse en todo momento y en cualquier lugar, por lo que es necesario que la persona tenga pleno conocimiento del contenido y ejercicio de sus derechos.

Los accidentes de tráfico y los accidentes laborales son argumentativamente aquellos que se producen con mayor frecuencia, y sus factores externos dan lugar a daños y perjuicios de tal gravedad que la subscripción de un contrato de seguros para los mismos se ha vuelto una exigencia imprescindible para las personas.

Indemnización por Accidentes de tráfico

Al hablar de accidente de tráfico, nos referimos a cualquier acontecimiento casual o eventual (no intencional) producido como consecuencia o con ocasión del tráfico de vehículos, en el cual interviene alguna unidad de tráfico. Asimismo, este tipo de accidente se caracteriza por el hecho de que el vehículo o los vehículos afectados terminan posicionados de manera anormal dentro o fuera de la calzada.

El seguro de accidentes de tráfico aplicable a estos casos puede diferenciarse en dos tipos: el seguro de responsabilidad civil obligatoria (“seguro a terceros”), y el seguro de responsabilidad civil voluntaria (“seguro a todo riesgo”).

¿Cómo se calcula la indemnización en un accidente de tráfico?

Dicha valoración requiere la determinación del precio concreto de la lesión por accidente de tráfico mediante la aplicación de los baremos establecidos en la Ley 35/2015. Las tablas en cuestión contienen una clasificación exhaustiva de los daños (incluyendo un sistema de puntos de gravedad y edades), y su aplicación permite que haya falta de desigualdades entre los asegurados. La Ley 35/2015 toma en consideración todas las circunstancias existentes del caso concreto (respaldadas por informes médicos y policiales), e identifican los factores más importantes para el cálculo de la indemnización (en función de las circunstancias de hecho y del alcance y repercusión de los daños ocasionados). Cabe mencionar que el vehículo accidentado tiene derecho a exigir la reparación de los daños materiales, el importe de dicha reparación determinándose mediante el peritaje del vehículo.

Respecto a la indemnización por fallecimiento en accidente de tráfico, el mismo requeriría de una compensación por causa de muerte, la cual se cuantificaría conforme a las disposiciones y reglas establecidas en la Sección 1ª del Capítulo II de la Ley 35/2015. La cuantía de la indemnización por muerte dependerá tanto del contenido de la póliza en cuestión, como de la situación personal, social y familiar del afectado. ¿Quién tiene derecho a esta indemnización? Este derecho corresponderá a todos los perjudicados por la muerte del asegurado: cónyuge viudo, ascendientes, descendientes, hermanos, allegados, parejas de hecho y las personas económicamente dependientes del fallecido.

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Un ejemplo del cálculo de la indemnización se da en la SAP de Barcelona 598/2015 de 21 de Julio (JUR 2015/229793), la cual resuelve el litigio resultante de un accidente de moto. El fallo de dicha sentencia determina que la aseguradora deberá indemnizar al afectado con las siguientes cantidades (valoradas en virtud de la Ley 35/2015):

  • Secuelas funcionales y estéticas (157.023,31 euros)
  • Factor de corrección del 10% (15.702,31 euros)
  • Concepto de daño y moral (60.000,00 euros)
  • Daños ocasionados en la motocicleta (11.996,68 euros)

 

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Indemnización por Accidentes laborales

La Ley General de la Seguridad Social define al accidente laboral como toda lesión corporal que el trabajador sufre con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena. A pesar de esta definición, se puede determinar que el accidente tiene carácter laboral cuando el trabajador sufre una lesión corporal (se incluye en esta categoría las secuelas o enfermedades psíquicas o psicológicas), o cuando el accidente es con ocasión o por consecuencia del trabajo (relación de causalidad directa entre trabajo-lesión).

¿Qué supuestos están considerados como Accidentes Laborales?

  • Accidentes producidos con ocasión de las tareas desarrolladas aunque sean distintas de las habituales.
  • Accidentes sufridos en el lugar y durante el tiempo de un trabajo.
  • Accidente “in itinere” (ida y vuelta del trabajo al hogar)
  • Accidentes en misión
  • Accidentes de cargos electivos de carácter sindical
  • Actos de salvamento
  • Enfermedades o defectos anteriores (se manifiestan o agravan por trabajo)
  • Enfermedades intercurrentes
  • Las enfermedades comunes que contraiga el trabajador/a con motivo de la realización de su trabajo
  • Los debidos a imprudencias profesionales
  • No tendrán la consideración de accidente laboral los debidos a: imprudencia temeraria del trabajador/a, fuerza mayor extraña al trabajo, dolo del trabajador/a accidentado, o los de la actuación de otra persona.

¿Cómo se calcula la indemnización por accidente laboral?

La reclamación de indemnización por accidente laboral requiere la realización de un análisis cuantificado de los daños causados en el accidente que permita determinar la responsabilidad del empleador. Diferenciando los distintos tipos de daños (corporales, patrimoniales y morales) y en base a los informes médicos correspondientes, la valoración de la indemnización se realizará mediante el baremo jurídico de la Ley 35/2015. En todo caso, se habrá de tomar en consideración que el valor de la indemnización por accidente laboral dependerá en gran medida del tipo de lesión, las causas y los perjuicios (consecuencias y secuelas) derivados del suceso imprevisto.

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Es importante recalcar que la naturaleza frecuente, variada e imprevisible de los accidentes de trabajo requiere que los empleadores implementen sistemas y protocolos que garanticen la seguridad de los trabajadores. De producirse el accidente en su totalidad o en parte por culpa de una omisión de medidas de seguridad por parte de la empresa, el trabajador podrá reclamar una indemnización por accidente laboral basada en el baremo de responsabilidad civil que genera indemnizaciones de hasta 1 millón de euros. Otra opción se realiza mediante la reclamación de la indemnización a la mutua, ello siendo factible cuando las condiciones de seguridad no son las adecuadas.

¿Qué pasa si muere el trabajador?

El cálculo de la indemnización por fallecimiento un accidente laboral requerirá la aplicación del nuevo baremo en caso de fallecimiento por accidente de tráfico.

Un ejemplo del cálculo de la indemnización por accidente laboral se encuentra en la STS 811/2018 (Recurso 4236/2015) (Resolución 282/2018), la cual da a conocer un supuesto en el que la empresa incumplió su obligación de evaluar los riesgos que sus operaciones comportaban al no adoptar las medidas preventivas requeridas para su actividad. No se dio protocolo alguno para evitar los peligros propios del contacto directo y/o indirecto con una línea eléctrica de tensión, lo que dio lugar al accidente donde el afectado recibió una descarga eléctrica que le provocó la muerte. La cantidad impuesta a las aseguradoras por el fallo de la sentencia toma en consideración lo siguiente:

  • Víctima sin cónyuge ni hijos y con ascendientes, baremo conforme a los valores aplicables en el año 2011 (cuantía total: 117.917,04 euros = progenitores: 99.775,86 euros; hermano: 18.141,08 euros).
  • Incremento del 20% por la omisión absoluta por la empresa de las medidas de seguridad exigibles (23.583,25 euros)
  • Se deduce la cantidad abonada por la mutua (16.287,08 euros) en concepto de indemnización a tanto alzado
  • Se descuenta el auxilio de defunción liquidado por dicha entidad colaboradora de la SS (42.09 euros)

La indemnización a pagar a los demandantes por las aseguradoras es de 125.171,12 euros.  No se pudo deducir la mejora voluntaria (de las prestaciones de muerte y supervivencia) de la cuantía, ya que dicha mejora busca indemnizar a los familiares del causante para compensar el llamado lucro cesante.