Las Bajas laborales por accidente de trabajo son consultas muy frecuentes que nos llegan a nuestro despacho de parte de empresas y trabajadores. En Abogados Indemnización somos especialistas en accidentes laborales, por ello si Usted, algún familiar o amigo tuvo un accidente en el trabajo y como consecuencia una baja laboral, le invitamos a que siga leyendo estas líneas que sin lugar a dudas le serán de su interés y le podrán aclarar muchas cuestiones sobre cómo actuar en el caso de sufrir un accidente de este tipo.
¿Cuándo se puede percibir una indemnización por un accidente de trabajo?
Si Usted ha sufrido un accidente de trabajo y tuvo lesiones derivadas del mismo es importante conocer la ocurrencia del siniestro y su mecánica y a la vez otra serie de cuestiones, como son:
- No existía en la empresa un Plan de Prevención de Riesgos Laborales.
- No existían o eran incorrectas las medidas de seguridad en la empresa.
- El trabajador no tenía la formación necesaria para desempeñar su trabajo y en concreto sobre Prevención de Riesgos Laborales.
- El trabajador realizaba tareas que no eran propias de sus funciones.
De todo lo comentado anteriormente y si Usted pudo sufrir lesiones como consecuencia de un accidente de trabajo, es necesario realizar la reclamación oportuna a la empresa y conocer si ésta tiene y cuál es la compañía de seguros que cubre el riesgo de su actividad mediante una póliza de responsabilidad civil, es decir, conocer muy bien cuál es el objeto del seguro de la póliza, si cubre en su totalidad las Bajas laborales por accidente de trabajo y a la vez los límites de los capitales en los casos de fallecimientos o lesiones graves de los trabajadores.
A la vez los trabajadores podrán reclamar si en su convenio está recogido, algún tipo de indemnización que venga a cubrir de forma objetiva este tipo de accidentes, mediante una cuantía predeterminada y que es compatible con cualquier indemnización por responsabilidad civil de la empresa.
¿Qué aplicamos para calcular las indemnizaciones?
Para calcular las indemnizaciones con Bajas laborales por accidente de trabajo se debe conocer en profundidad el nuevo Baremo de accidentes 2016 el cual se aplica para accidentes de tráfico y su empleo en algunos supuestos, por analogía, para poder reclamar sus lesiones, defender sus derechos y reclamar la máxima indemnización posible.
Para nosotros su reclamación es prioritaria y muy importante, y por ello nuestro objetivo es lograr que le concedan si procede, una incapacidad permanente, o una gran invalidez, así como cualquier indemnización que tenga derecho derivada del siniestro con baja por accidente laboral y que en algunas ocasiones hay que negociar o litigar de forma compleja.
Para dar un completo servicio, atendemos accidentes de trabajo en cualquier lugar de España ya que contamos con una estructura a nivel nacional y nuestros abogados al vez se pueden desplazar a cualquier lugar para atenderle a Usted y su asunto.
Cuando no puedes trabajar por una cuestión de salud, que puede ser física o psicológica, recibirás la baja por tu médico. La baja laboral es el tiempo que vas a necesitar para recuperarte y durante el cual no vas a poder ir a trabajar. Se trata de un caso de ausencia justificada ya que existe un certificado médico que establece que el trabajador no puede trabajar.
Tipos de bajas laborales
Podemos distinguir dos tipos de bajas laborales que son las siguientes:
- Bajas por contingencias comunes.Son las que se deben a una enfermedad común que es la que no tiene nada que ver con el trabajo o a un accidente que no se ha tenido mientras se trabaja. El trabajador va a estar de baja por aspectos ajenos al trabajo, pero que le impiden trabajar.
- Bajas por contingencias profesionales. En este caso se contemplan varios casos:
- Enfermedad profesional. Es la que se ha contraído en el trabajo o como consecuencia del mismo.
- Accidente de trabajo. Se trata de los casos en los que el trabajador ha sufrido un accidente trabajando o acudiendo al trabajo.
Cuánto se cobra estando de baja
En el caso en que estés en alguna de las situaciones anteriores no podrás acudir al trabajo y, por lo tanto, no recibirás tu salario. Para compensar, si cumples los requisitos legales, recibirás la llamada “prestación por incapacidad temporal”.
- Baja por contingencias comunes. Los tres primeros días de la baja, no cobrarás nada. Desde el cuarto al vigésimo cobras el 60% de la base reguladora y del vigésimo primero en adelante cobras el 75%.
- Baja por contingencias profesionales. Cobrarás el 75% de la base reguladora desde el día siguiente a la baja.
La base reguladora depende de la base de cotización por contingencias comunes o profesionales del mes anterior a la baja. Para conocerla tendrás que consultar tu nómina y cotejar esos conceptos. Los porcentajes que hemos visto son los mínimos establecidos legalmente, pero es necesario que consultes el convenio colectivo aplicable a tu contrato porque, en algunos casos, se regulan condiciones más favorables.
Más información: «¿Cuánto se cobra estando de baja por accidente de trabajo?«
¿Qué requisitos debo cumplir para cobrar la baja?
Los requisitos que deberás cumplir para cobrar la baja son los siguientes:
- Estar dado de alta o en una situación asimilada al alta en la Seguridad Social.
- En el caso de la baja por contingencias comunes es necesario haber cotizado un mínimo de 180 días en los 5 años anteriores.
- En el caso en que la baja sea por contingencias profesionales no es necesario tener una cotización anterior.
Si no cumples estos requisitos estarás de baja, pero no recibirás ningún tipo de prestación en lugar de tu salario.
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