En el siguiente artículo, analizamos un caso real que hemos llevado en nuestro despacho sobre un accidente laboral ocurrido dentro de un un centro penitenciario de la Comunidad de Madrid.
Estos fueron los acontecimientos del siniestro.
El accidente se produce cuando un trabajador se encontraba descargando una bobina de cable anclada en una estantería especialmente diseñada para soportar esa clase de bobinas, de gran peso. La estantería se compone de dos cuerpos en paralelo de 3 alturas, siendo necesario descargar el primer cuerpo completo para empezar la descarga del segundo.
El accidente se produjo cuando el interno trabajador accedió con el apilador eléctrico a recoger una bobina situada en el segundo cuerpo a segunda altura. Al hacer esta operación, existiendo otra bobina en el primer cuerpo, lo que provoco que el mástil del equipo golpeo la bobina cercana provocando su caída (bobina de cableado de 300kg), golpeando al trabajador en diversas partes del cuerpo, especialmente en las piernas. También provoco la deformidad de algunas zonas de la estructura metálica.
Sobre la forma de ocurrir del accidente, los testimonios orales o documentales y los informes de investigación, resulta que el accidente ocurrió por la concurrencia de varias circunstancias, relacionadas básicamente por una mala práctica de trabajo para efectuar dicha operación, por la carencia de un método de trabajo seguro, por falta de habilitación y autorización para realizar la misma y destacar la falta de instrucciones y formación adecuada para desempeñar esta labor. Además de una condición insegura sobre el método de apilamiento de bobinas.
Se informa, que en el turno y puesto hay tres trabajadores, de los cuales solo uno tiene formación certificada para realizar la operación, y además es preciso tener autorización.
La persona habilitada para esta operación estaba realizando otra actividad. Por su parte el trabajador accidentado informa que él mismo esta realizando ese trabajo durante los últimos seis meses.
La investigación del accidente de trabajo fue realizada por TPFE. En el mismo se relaciona las circunstancias relevantes. Como se ha indicado, el accidentado es un interno sujeto a la relación laboral de carácter especial entre la entidad Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo y los internos que desarrollan una actividad laboral en los talleres productivos de los centros penitenciarios dependientes de la Administracion penitenciaria. En este caso, la titularidad del taller productivo es de la empresa colaboradora O.E.S.A.
Tras el golpe que le ocasiono la caída de la bobina, el accidentado requirió de primera asistencia por las lesiones en la enfermería del centro penitenciario, y también por el Hospital Gregorio Marañón. El accidentado sigue de baja laboral en la actualidad.
Ante estos hechos, la abogada del trabajador se pone en contacto con nuestro despacho especialista en accidentes de trabajo, para que se encargue de llevar a cabo la tramitación de las acciones pertinentes.
A partir de aquí comenzamos la reclamación por vía civil, área en la que es experto el departamento que llevo el caso (departamento de seguros). Una vez comenzamos las actuaciones para reclamar la indemnización por responsabilidad civil, lo primero que hacemos es ponernos en contacto con la otra parte, con el fin de llegar a un acuerdo. Requerimos presente la compañía de seguros la póliza de responsabilidad civil que cubre el riesgo de los trabajadores en caso de sufrir un accidente laboral. Finalmente por medio del juzgado, se alcanza un acuerdo de la cuantía de indemnización por la cantidad de 30.000 euros.
Por lo tanto, al haber estado el trabajador realizando trabajos sin formación e instrucciones adecuadas por parte la empresa, la cual debía adoptar medidas necesarias para impedir cualquier daño, cometieron un delito contra los derechos de los trabajadores.
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