El pasado 9 de Mayo de 2017, dos jóvenes de 17 años, que se encontraban en una vivienda ubicada en la Calle Hermanos Bécquer del madrileño barrio de Salamanca celebrando el fin de exámenes, fallecieron en el ascensor de dicho inmueble.
Al parecer los hechos siguen siendo poco certeros pero, tras las recientes investigaciones, se considera que el accidente se produjo al ceder la pared lateral del ascensor, al encontrarse estos apoyados en ella, cayeron al vacío desde esa altura, equivalente a un noveno piso. Cabe reseñar que las paredes de dicho ascensor eran de cristal, siendo una de éstas la que se fracturó provocando el desprendimiento del suelo.
La teoría es que ambos se encontraban apoyados sobe unas de las paredes y con el simple peso esta cedió por un posible deterioro de la silicona o una mala colocación de la misma.
Según las primeras comprobaciones de la Policía Científica, este ascensor había pasado todas las revisiones reglamentarias. Era la empresa Thyssenkrup la encargada del mantenimiento del ascensor, la cual ha comunicado públicamente que será un técnico de la Dirección General de Industria de la Comunidad de Madrid quien realice un informe redactando las causas del siniestro.
El ascensor siniestrado fue construido en 2006, que en comparación con el resto de los ascensores de España podríamos catalogarlo como reciente. Pasó su última Inspección periódica obligatoria (IPO) en agosto de 2015 a través de un Organismo Control Autorizado (OCA), siendo positiva la valoración que permitía a ese ascensor seguir funcionando con normalidad. Además, había sido revisado el mes de Abril anterior al accidente.
En relación a este suceso, tendremos que acudir a la normativa que regule tanto el funcionamiento como el mantenimiento, incluido las revisiones requeridas, de los ascensores en España y más específicamente en la Comunidad de Madrid.
Qué dice la ley sobre los Accidentes en ascensores
Requisitos de mantenimiento e inspección que deben cumplir los ascensores
La normativa nacional sobre ascensores establecida en la legislación española se ocupa de materias más concretas, como pueden ser las medidas o las obligaciones que debe cumplir la comunidad de vecinos para la instalación de un nuevo ascensor. Las más importantes son:
- La Ley de Propiedad Horizontal, 49/1960: regula todo lo que se refiere a las comunidades de vecinos. Cobra gran relevancia a la hora de conocer los acuerdos necesarios y los gastos que corresponden a cada inquilino para instalar un nuevo ascensor. La Ley 8/2013 de Rehabilitación, Regeneración y Renovación urbanas, del 26 de junio, introdujo grandes modificaciones en esta Ley como la necesidad de una mayoría de votos a favor para instalar el ascensor.
- El Código Técnico de Edificación (CTE): fija las condiciones que deben cumplir los nuevos edificios en materia de seguridad y habitabilidad. Este código sirve de manual para alcanzar una edificación óptima y que todos los usuarios puedan utilizar sus instalaciones adecuadamente. Así, refleja las medidas y dimensiones que debe tener un ascensor para que este sea accesible en materias de discapacidad y se adapte a las normativas de seguridad (SUA).
- El Real Decreto 1314/1997:dicta los preceptos de la Directiva de ascensores europea 95/16/CE en España. Esta se aplica a los ascensores ya instalados y a sus componentes de seguridad para garantizar el funcionamiento de los mismos.
- El Real Decreto 1644-2008 Máquinas: su objetivo es establecer los preceptos relativos a la Directiva de máquinas 2006-42-CE en el territorio español. Así se ocupa de la puesta en marcha y la venta de los ascensores con la finalidad de garantizar la seguridad y la libre circulación de estos en el Estado Económico Europeo.
- Norma UNE-EN 81-70, 2004. Reglas de seguridad para la construcción e instalación de ascensores. Parte 70: Accesibilidad a los ascensores de personas, incluyendo personas con discapacidad: esta normativa de ascensores regula las directrices a tomar en cuenta a la hora de instalar maquinarias accesibles para usuarios con discapacidades tanto físicas como sensoriales.
- Real Decreto 233/2013:reglamenta el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016. En este se encuentran los requisitos para poder ser beneficiario de una subvención para instalar un ascensor.
En cuanto al mantenimiento de los ascensores, la frecuencia de las visitas que deberá realizar la empresa encargada de la revisión del ascensor es la siguiente:
- Ascensores de viviendas unifamiliares o con una velocidad no superior a 0,15 m/s: cuatro meses.
- Ascensores en edificios comunitarios de uso residencial de hasta 6 paradas y de uso público de hasta cuatro paradas: seis semanas.
- Resto de ascensores: un mes.
Además del mantenimiento, el ascensor debe someterse a una inspección periódica realizada por un organismo de control autorizado e imparcial que certifique que sus condiciones de funcionamiento y seguridad se mantienen.
Los plazos que rigen la revisión periódica están en función del tipo de ascensor:
- Ascensores instalados en edificios de uso industrial y lugares de pública concurrencia: cada dos años.
- Ascensores instalados en edificios de más de veinte viviendas o con más de cuatro plantas servidas: cada cuatro años.
- Ascensores no incluidos en los casos anteriores: cada seis años.
Accidentes en ascensores en España
España se alza como uno de los países de mundo con más ascensores por habitante. En concreto existen 19,8 ascensores por cada 1.000 habitantes, una ratio muy por encima de otros países con mucha densidad de población como el Reino Unido, Francia o países emergentes como China.
Sin embargo, la antigüedad de estos ascensores oscila entre una media de 20 años de edad, y al igual que cualquier maquinaria los ascensores también envejecen y pierden eficacia.
En España, en 2016, se han registrado 126 accidentes relacionados con ascensores y elevadores, 106 fueron considerados leves y 20 graves, lo que lleva a la conclusión de los expertos de la Federación Empresarial Española de Ascensores (Feeda) a sostener que el ascensor “es el método de elevación más seguro que existe”.
Principales Accidentes en ascensores
- Que el pasajero caiga al vacío del túnel al abrir la puerta y no encontrarse la cabina. La solución es tan simple como poner una cerradura.
- Que el pasajero, especialmente los niños, se quede atrapado entre la puerta de acceso y la cabina en el momento de acceder a ella.
- Que los cables de tracción del ascensor resbalen sobre la polea al estar gastadas las gargantas de la misma. Este riesgo se puede evitar con un adecuado programa de mantenimiento.
- Que se produzca un golpe en los extremos superior o inferior por fallo de los límites de seguridad, cosa que se supera con un paragolpes en las condiciones reglamentarias.
- Que se efectúe una mala maniobra de rescate en la que el pasajero quede atrapado al querer salir o se caiga al vacío
- Que el paracaídas no actúe en la eventual caída de la cabina, al ser cortados los cables de tracción o que patinen los mismos, y que el ascensor caiga a una velocidad un 20% superior a la nominal.
- Que se produzcan electrocuciones o golpes en la sala de máquinas, por no tener la sala de máquinas en condiciones y/o con objetos que no deben estar allí.
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Buenos días ,estaba trabajando en una universidad y metí el carro de la limpieza en el ascensor lo puse en marcha y cuando paro me callo el techo ,en la cabeza estoy de baja 20 días que responsabilidad tienen
Buenos días, Yolanda.
Uno de nuestros abogados contactará contigo para asesorarte personalmente.
Muchas gracias por tu comentario.
Trabajando soy portero del edificio cojiendo la basura callo el ascensor desde la primera planta hasta el foso con migo dentro me quede a trapado 20.20.hasta 21.30 me duele mucho la espalda que puedo hacer gracias
Trabajo en un hospital y el pasado lunes fallo el ascensor, tocó techo y caí unos metros. Me duelen las articulaciones y la espalda, cómo he de proceder. Denunció… .
Hola buenas tardes llevo un año y cuatro meses de baja por un accidente en un ascensor me operaron la rodilla y sigo de baja me gustaría que me asesoraran muchas gracias
Hola Juan.
Nos pondremos en contacto contigo para que puedas indicarnos en qué cuestiones concretas necesitas asesoramiento.
Muchas gracias por contactar con nuestro despacho.
Hola, en el ascensor de donde resido tuve un accidente, estaba llegando de dejar a mi hijo en el colegio me monté en el ascensor desde el parking, al llegar a mi piso se baja mi esposo del ascensor y cuando disponía a bajarme yo se desprendió un lado del techo sin darme tiempo de meter las manos y me impactó de lleno en la cabeza, dejandome de baja por 5 días y con dolores de cabeza y cuello.
Buenas tardes Karla,
efectivamente, puede usted reclamar por las lesiones sufridas como consecuencia del siniestro descripto, bien a la Comunidad de Propietarios o bien a la empresa encargada del mantenimiento del ascensor (tendríamos que conocer más datos para determinar cuál de las dos puede ser la responsable o, incluso, si ambas los son).
Gracias por contactar con nosotros.