Los seguros de vida son aquellos que proporcionan ayuda a los familiares del asegurado objeto del contrato, indemniz谩ndoles por los da帽os derivados de su muerte s煤bita.

Riesgos y garant铆as del seguro de vida

Los riesgos cubiertos por un seguro de vida pueden dividirse en dos tipos, en funci贸n de establecido por la p贸liza contratada:

  • El riesgo principal: es el de fallecimiento del asegurado por cualquier causa. Este riesgo puede estar limitado por alguna cl谩usula de la p贸liza, por lo que se deber谩 estar atento al momento de leer las condiciones del contrato (ejemplo, puede caber el establecimiento de una cl谩usula de exclusi贸n del riesgo de fallecimiento durante la pr谩ctica de deportes de riesgo). A su vez, pueden existir per铆odos de carencia para limitar temporalmente la cobertura del seguro.
  • Los riesgos adicionales: son otros riesgos de incapacidad o fallecimiento por causas especiales (enfermedad grave, incapacidad permanente y/o absoluta y el de fallecimiento por accidente).

Riesgos adicionales de un seguro de vida

Adem谩s del riesgo principal, el seguro de vida tambi茅n podr谩 cubrir otros riesgos adicionales, entre ellos estando:

  • Enfermedad grave: cubre el riesgo de padecer una enfermedad grave, la cual deber谩 estar recogida en el cat谩logo de enfermedades de la p贸liza en cuesti贸n. Esta cobertura puede quedar anulada en el momento en que el asegurado alcanza cierta edad, ya que ello incrementa las probabilidades de que el asegurado contraiga este tipo de enfermedad.
  • Incapacidad temporal o permanente: algunos seguros de vida ofrecen cobertura adicional para hacer frente al riesgo de que el asegurado termine incapacitado para el desarrollo de una actividad profesional o laboral, dicho estado siendo el resultado directo de un accidente o enfermedad ocurrido en el 谩mbito laboral o en el personal .
  • Incapacidad o fallecimiento por accidente: otra cobertura adicional es aquella que se como compensaci贸n extra por la incapacidad o fallecimiento del asegurado en caso de accidente (entre ellos estando el accidente de tr谩fico). A su vez, la cuant铆a correspondiente a este riesgo puede ser superior a la otorgada por la garant铆a principal del seguro, siempre que haya cumplimiento de lo establecido en las condiciones de la p贸liza.
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Tramitaci贸n de la reclamaci贸n del seguro de vida

Tras acudir al Registro de Contratos de Seguros de Vida (Ministerio de Justicia) para identificar a las p贸lizas aseguraban la vida del fallecido,聽 el beneficiario deber谩 dirigirse a la aseguradora correspondiente para poder solicitar el cobro del seguro.

Siento la gesti贸n inicial la obtenci贸n de un certificado de defunci贸n en el Registro Civil, el beneficiario deber谩 notificar (por escrito) el fallecimiento a la aseguradora en un plazo m谩ximo de siete d铆as. Asimismo, se deber谩 proveer a la entidad los documentos solicitados por la misma, los cuales (por regla general) podr谩 ser los siguientes:

  • Certificado de defunci贸n
  • La p贸liza de vida
  • Acta de nacimiento del asegurado o el DNI
  • Certificado del Registro de Actos de 脷ltima Voluntad y copia del 煤ltimo testamento o declaraci贸n notarial de herederos.
  • Certificado de matrimonio, de haberlo
  • Identificaci贸n de los beneficiarios
  • Liquidaci贸n y carta del pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones
  • En caso de accidente: diligencias judiciales, atestado y autopsia.

La aseguradora puede solicitar todo tipo de informaci贸n para llevar a cabo la valoraci贸n de la indemnizaci贸n correspondiente (capital asegurado). A su vez, tras haberse realizado dicha aportaci贸n, la compa帽铆a podr谩 otorgar un adelante (denominado importe m铆nimo) para cubrir los gastos del sepelio e impuestos.

Finalmente, las compa帽铆as aseguradoras podr谩n hacer uso de tres v铆as alternas para realizar el cobro de la indemnizaci贸n: a) pago 煤nico; b) renta vitalicia (se estima la esperanza de vida del beneficiario, y el capital se divide en cuotas mensuales); y c), como una renta temporal (durando s贸lo unos a帽os).

驴Qui茅n tiene derecho a reclamar una indemnizaci贸n?

Cuando se contrata un seguro de vida, el beneficiario es la persona designada por el asegurado para recibir el pago de la prestaci贸n asegurada en caso de fallecimiento. Cualquier persona puede tener la condici贸n de beneficiario, independientemente de haber relaci贸n de parentesco con el asegurado o no.

 

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