Por lo general, siempre que hablamos de accidentes de tráfico solemos pensar en siniestros que ocurren cuando viajamos en coche o moto, pero lo cierto, es que también pueden ocurrir accidentes cuando, por ejemplo, viajamos en un autobús. En este caso también podemos reclamar una indemnización por la lesiones que hemos sufrido como consecuencia del accidente.

En caso de sufrir un accidente en el trasporte público, la documentación que necesitaremos es la siguiente:

  1. Atestado de la policía en el que aparezcan los datos del autobús, conductor y testigos que acrediten que le persona lesionada viajaba de manera correcta y la culpa fue del conductor.
  2. En defecto de atestado, deberemos llamar a una ambulancia para que nos recoja del autobús, pero es preferible no bajarnos del autobús para que conste en el parte de la ambulancia que recogieron al lesionado dentro del autobús.
  3. Apuntar bien los nombre de testigos para que puedan acreditar lo ocurrido.
  4. Conservar el abono transporte para poder acreditar que viajábamos en el autobús.

Con toda la documentación mencionada podremos dirigir nuestra reclamación frente a la compañía de seguros del autobús, es decir que al igual que en un accidente de tráfico, nosotros comunicaremos el accidente a la compañía que asegura el autobús en el que viajamos, les haremos llegar toda la documentación que hemos mencionado con anterioridad, o toda la que dispongamos, para que puedan valorar como ocurrió el accidente y tengan conocimiento de nuestras lesiones.

Indemnización por accidente en transporte público

Pero cuando hablamos de accidente de transporte cabe otra posibilidad de recurrir que es compatible con la mencionada con anterioridad, y consiste en dirigir nuestra reclamación frente a seguro obligatorio del viajero, en adelante SOV.

Leer: «El Seguro obligatorio de viajeros y el Reglamento que lo regula«

¿Qué es el SOV?

El seguro obligatorio de viajeros tiene como finalidad indemnizar a éstos o a sus derechohabientes , cuando sufran daños corporales en accidentes que tengan con ocasión de un medio de transporte público colectivo de personas.

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¿Qué cubre el seguro obligatorio de viajeros?

El ámbito de actuación del SOV incluye todos los viajes dentro de España o que comiencen en territorio nacional, aunque el destino sea internacional. La posesión del título de viaje o billete sería el documento que acreditaría la posesión del seguro. No obstante, también estarían incluidos los menores de edad, que por Ley, están exentos del pago del billete.

El Seguro Obligatorio de Viajeros supone que las empresas transportistas, conductores del vehículo y terceros asuman la responsabilidad civil que se les puede atribuir por daños a viajeros en caso de accidente, siempre que éste se produzca durante la utilización del medio de transporte.

El seguro protege las lesiones corporales que sufran los viajeros a consecuencia directa de un choque, vuelco, alcance, salida de vía o calzada, rotura, explosión, incendio, reacción, golpe exterior o cualquier otra avería o anormalidad que afecte o proceda del vehículo.

En estas se incluyen también los accidentes que se puedan producir justo en el momento en el que el viajero entra o sale del vehículo por los lugares indicados para ello, o los que puedan ocurrir durante la entrega o recuperación del equipaje. Por lo tanto, si un pasajero tropieza en la escalera al salir del autobús, estaría cubierto por el Seguro Obligatorio de Viajeros.

¿Cómo se puede reclamar frente al SOV?

Es fundamental tener el título de transporte valido y comunicar a la empresa el accidente. Después el lesionado o sus familiares deberán acreditar las lesiones sufridas como consecuencia del accidente aportando partes médicos.

Por lo tanto cuando sufrimos un accidente en transporte público podemos reclamar, por un lado la indemnización por responsabilidad civil y por otro la indemnización frente al SOV.

 

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