Cuando se tiene un accidente de trabajo, inmediatamente se puede pensar que se puede obtener una indemnización. Y es tentador obtener una indemnización, cuanto más cuantiosa mejor. Pero hay que tener cuidado porque hay actos que rozan la ilegalidad e incluso se puede llegar a cometer delito de estafa y falsedad.

De acuerdo con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, por su artículo 22:

“El empresario garantizará a los trabajadores a su servicio la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo. Esta vigilancia sólo podrá llevarse a cabo cuando el trabajador preste su consentimiento. De este carácter voluntario sólo se exceptuarán, previo informe de los representantes de los trabajadores, los supuestos en los que la realización de los reconocimientos sea imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores o para verificar si el estado de salud del trabajador puede constituir un peligro para el mismo, para los demás trabajadores o para otras personas relacionadas con la empresa o cuando así esté establecido en una disposición legal en relación con la protección de riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad (…)”.

Esto quiere decir que el trabajador que sufre un accidente laboral puede negarse a realizar las pruebas de vigilancia de la salud que prevé el sistema de gestión de prevención de riesgos laborales. De esta manera la empresa no tendría la información adecuada de la lesión hasta que la preste el trabajador una vez haya acudido al médico y reclame indemnización en concepto de responsabilidad civil a través de un abogado.

El trabajador puede observar los momentos en los que exista deficiencia en la evaluación de riesgos y en la prevención de riesgos. La denuncia por la falta de medidas de prevención de los riesgos laborales a la Inspección de Trabajo depende de que se demuestre la falta de medidas de prevención de riesgos laborales.

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Los Inspectores de Trabajo al encontrar la falta de toma de medidas de prevención de riesgos laborales, lo más seguro es que levanten acta de infracción o incluso proponer recargo de prestaciones por accidente laboral al Instituto Nacional de la Seguridad. Pero asimismo si denotan fraude de accidente de trabajo, lo comunican/denuncian al Ministerio Fiscal.

Son comunes los accidentes de trabajo in itinere, que suelen ser accidentes de tráfico que sufren los trabajadores al ir o volver del trabajo. Existen muchas sentencias condenatorias de pagar a las compañías aseguradoras por estos accidentes. Pero debido a la diversa casuística es difícil demostrar que exista fraude, salvo que sea un claro caso de mala fe.

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Las prestaciones por incapacidad laboral proceden de la Seguridad Social, que pagamos todos los trabajadores, de ahí que exista tanta gravedad de cometer fraude, por las personas que cometen fraude perjudicando a todos los trabajadores.

La importancia del problema no es para menos, y así ha actuado el Gobierno dotando con 30 millones de euros más a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social hasta 2020 para luchar contra el fraude fiscal y laboral, incrementando el número de plazas para inspector y subinspector laboral. Tomarán más medidas y harán actuaciones de choque.

A la hora de intentar conseguir una indemnización por cualquier medio hay que valorar las negativas consecuencias que pueden ocurrir como es el acabar en la cárcel por intentar aprovecharse de los accidentes laborales.

Ante estas cuestiones, acuda a uno de nuestros abogados expertos para solucionar los problemas.